Las víctimas del amianto esperan una reparación justa; el resto esperamos que sean justamente reparadas y también que el Gobierno responda a las obligaciones que una Ley le impone. ¿O basta con aprobar Leyes que no van a aplicarse en tiempo razonable, incumpliendo claramente sus propias previsiones?
Las Cortes Generales aprobaron el 19 de octubre de 2022, la Ley 21/2022, de creación de un fondo de compensación para las víctimas del amianto, que se publicó en el BOE al día siguiente. Fue un momento muy importante e ilusionante para muchas personas que han sufrido las gravísimas consecuencias de trabajar con amianto y luchado durante muchos años por sus derechos. No soy yo, en principio, proclive a que se legisle en función de categorías de personas, sino de sus problemas y necesidades. Quiero decir que, tal como hay víctimas de enfermedad profesional o común debida a la manipulación del amianto, también las hay de otras enfermedades y accidentes con similares consecuencias y en parecida situación. O víctimas de otras enfermedades que también requieren gran atención y respuesta.
Ahora bien, una vez aprobada una Ley, es totalmente exigible su cumplimiento por parte del Gobierno, faltaba más. ¿Por qué lo digo? Pues porque, pese al tiempo transcurrido, falta el desarrollo de dicha norma y, por tanto, falta la reparación adecuada a las víctimas.
La Ley que comento tiene una Exposición de Motivos en la que se identifica el problema en su esencia, reflejando datos y hechos tales como que en España la situación es similar a la existente en otros países de la UE y que, no obstante, España no cuenta aún con un fondo de compensación. O que entre 2003 y 2009 podrían haberse producido 7.154 casos a indemnizar en sus diferentes modalidades y que se calcula que hasta 2023 seguiría habiendo con un número ascendente de casos, lo que pone más en evidencia la necesidad de poner en marcha en nuestro país un fondo de compensación como los existentes en Francia, Holanda o Bélgica.
También se refiere la Ley a haberse constatado a lo largo de años y de procedimientos judiciales los obstáculos que existen para identificar las concretas empresas en las que se generó la enfermedad y, en consecuencia, la dificultad de determinar los sujetos responsables del pago de las indemnizaciones, así como que muchas de estas empresas pueden haber sufrido cambios de denominación o , incluso, haber desaparecido.
Se recuerda igualmente que las víctimas han de luchar en los juzgados con los organismos de la Seguridad Social –ojo, esto es, con la Administración dependiente del Gobierno– y con las mutuas para reclamar sus derechos, en procesos judiciales con un coste económico importante por parte de las víctimas o sus familias, además del coste emocional que esta situación conlleva.
Y todo esto, toda esta sangrante situación, mediando el esfuerzo de muchas personas y organizaciones, es lo que llevó a la tramitación y aprobación de la Ley en cuestión. Ley que, como su título indica, crea el Fondo de Compensación para las Víctimas del Amianto, adscrito a la Administración General del Estado, gestionado por el Instituto Nacional de la Seguridad Social.
Fondo cuya finalidad será la reparación íntegra de los daños y perjuicios sobre la salud resultantes de una exposición al amianto padecidos por toda persona en su ámbito laboral, doméstico o ambiental en España –repárese que no solamente se prevé para la enfermedad contraída en el trabajo–, así como a sus causahabientes.
Fondo cuyos recursos económicos estarán constituidos por consignaciones o transferencias que se determinen anualmente en la Ley de Presupuestos Generales del Estado – esto es un decir, claro, tal como están las cosas–, así como por cantidades que se obtengan por subrogación de las personas afectadas por el amianto, o sus causahabientes, en vía judicial y por las aportaciones provenientes de las sanciones impuestas por la Autoridad laboral correspondiente por incumplimiento de las obligaciones en materia de seguridad y salud laborales relacionadas con el amianto y otros recursos.
Incluso se determinó la creación de la Comisión de seguimiento de dicho Fondo, formada por representantes de la Administración General del Estado, de las organizaciones empresariales y sindicales más representativas, estatales o autonómicas, entidades y expertos de reconocido prestigio de la comunidad científica conocedores de las consecuencias y patologías derivadas del amianto y de la Federación de Asociaciones de Víctimas del Amianto.
Y un detalle de la máxima trascendencia: la Disposición Adicional única de la Ley preveía que dicho Fondo se pondría en marcha e iniciaría sus actividades “el mismo día en que entre en vigor el reglamento de desarrollo de la presente Ley”, así como que dicho reglamento “deberá dictarse en el plazo de tres meses desde la publicación” de la Ley en el BOE, lo que se produjo el 20 de octubre de 2022. O sea, que los tres meses para que el Gobierno dictara el reglamento finalizaron el 20 de enero de 2023, esto es, hace algo más de dos años.
Pero, a día de hoy, seguimos sin Reglamento y, por tanto, sin el Fondo de referencia, con miles de personas afectadas directa o indirectamente esperando su creación y las compensaciones a las que tienen derecho.
Y es que, pese a que, ciertamente, hubo, en junio de 2023, un Proyecto de Real Decreto publicado por el Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones para crear el Fondo tan ansiado, no se tienen más noticias del mismo, salvo que ha habido desacuerdos con las Asociaciones de víctimas y con los Sindicatos en varios puntos, como, entre otros, las cuantías de las indemnizaciones, la falta de exenciones fiscales sobre dichas indemnizaciones o el que no se contemplen todas las enfermedades que el amianto puede causar.
Cuestión en relación a la cual la ministra de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, Elma Saiz, ha respondido a algunas preguntas en el Congreso señalando que sigue comprometida con su aprobación y que no habrá reales perjuicios para las personas afectadas. Algo que es mera retórica, dado que ya el mero retraso genera afectación grave a quienes esperan la oportuna y justa reparación.
Y no será porque no se haya pedido y reiterado la exigencia de desarrollo de la Ley. Por ejemplificar, entre otras iniciativas y reclamaciones y protestas, ha habido una –la cito por su relevancia al haberse producido en sede parlamentaria–, del Grupo Vasco (EAJ-PNV), aprobada en el Congreso el 25 de septiembre de 2024, que insta al Gobierno a aprobar el Reglamento de creación del fondo de compensación para las víctimas del amianto y a considerar las alegaciones presentadas por las Asociaciones de víctimas y los sindicatos en 2023 al Proyecto de Reglamento.
Pues, como lo decía, seguimos a la espera.
Siendo así que es un tema que afecta a toda la ciudadanía, en planos distintos: las víctimas del amianto esperan una reparación justa; el resto esperamos que las víctimas sean justamente reparadas y también, desde luego, que el Gobierno responda a las obligaciones que una Ley le impone. ¿O basta con aprobar Leyes que no van a aplicarse en tiempo razonable, incumpliendo claramente sus propias previsiones?. ¿Quién es el Gobierno para incumplir de esta manera una Ley?