El problema tiene que ser resuelto de manera indiscutible. Y esto solamente puede hacerlo en este momento el Tribunal de Justicia de la Unión Europea. Por esta razón, le aconsejaría que interpusiera el recurso de amparo al TC con la solicitud de elevar la cuestión prejudicial al TJUE
He leído que está usted reflexionando sobre la conveniencia de interponer un recurso de amparo contra el Auto de la Sala de lo Penal por el que se desestima el recurso de apelación interpuesto por la teniente fiscal del Tribunal Supremo y por el abogado del Estado en su nombre y en el de la fiscal jefa de la Audiencia Provincial de Madrid contra los Autos de fecha 30 de octubre de 2024 dictados por el magistrado instructor en la causa especial 20557/24.
Al tener conocimiento de la noticia he decidido tomarme la libertad de dirigirle esta carta abierta, dándole mi opinión profesional sobre la conveniencia de interponer el recurso de amparo y de los términos en los que, en mi opinión, debería interponerse.
Doy por supuesto que los lectores de elDiario.es están al tanto de la trayectoria de la causa porque varios colaboradores del periódico y, de manera muy especial, su director, Ignacio Escolar, hemos venido dando nuestra opinión sobre la misma.
No cabe duda de que nos encontramos ante un caso insólito, que a nadie con formación jurídica se le ha pasado por la cabeza que podía llegar a producirse. Desgraciadamente no es el único. Y por desgracia, tampoco creo que sea el último.
Justamente por eso, creo que es importante aprovechar la ocasión que brinda el Auto que desestima el recurso interpuesto en su nombre y en el de la fiscal jefa de la Audiencia Provincial de Madrid para intentar encontrar una respuesta que resulte indiscutible y que no pueda ser descalificada por nadie como una respuesta de naturaleza política y no jurídica.
Lo suyo sería que se interpusiera un recurso de amparo y que la decisión del Tribunal Constitucional fuera aceptada sin reservas de ningún tipo por nadie. Pero eso, tal como está el patio, es lo mismo que pedir peras al olmo. La confrontación entre el Tribunal Constitucional, el Tribunal Supremo y el fiscal general del Estado acabaría desencadenando un conflicto de naturaleza política, que comportaría un enorme riesgo para la integridad de nuestro sistema político y de nuestro ordenamiento jurídico.
Afortunadamente, España es un Estado miembro de la Unión Europea y existe, en consecuencia, la `posibilidad de que el fiscal general interponga un recurso de amparo en el que solicite que el Tribunal Constitucional eleve una cuestión prejudicial al Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE).
El asunto al que hay que hacer frente, o no se podría plantear en ningún Estado de Derecho digno de tal nombre o puede plantearse en cualquiera. No es un asunto de Derecho Constitucional particular, sino de Derecho Constitucional General. En consecuencia, no existe obstáculo alguno para que el Tribunal Constitucional decida elevarlo al TJUE y que sea este órgano el que tome la decisión. Jurídicamente, repito, no lo habría o no lo debería haber para que lo resolviera el TC. Pero políticamente generaría un problema de enorme magnitud. Prudencia no es cobardía, dice un conocido refrán, que viene a este asunto como anillo al dedo.
El problema tiene que ser resuelto de manera indiscutible. Y esto, en mi opinión, solamente puede hacerlo en este momento el TJUE.
Por esta razón, le aconsejaría que interpusiera el recurso de amparo con la solicitud de elevar la cuestión prejudicial al TJUE.
Pienso que el Tribunal Constitucional debería aprovechar la ocasión para preguntarle al TJUE si es admisible que el Tribunal Supremo pueda autoatribuirse la facultad de enjuiciar la conducta de los magistrados del Tribunal Constitucional en el ejercicio de la función jurisdiccional, como acaba de hacer con la sentencia mediante la que resolvió la querella dirigida por Vox y HazteOír.org. contra los magistrados del Tribunal Constitucional que dictaron la sentencia sobre los ERE.
El PP también acaba de dirigirse al TJUE para que revise esta sentencia recién mencionada. No debería, en consecuencia, tener ningún obstáculo para admitir que lo hiciera el Tribunal Constitucional en el caso del Fiscal General.
Perdone el atrevimiento, pero las cosas están como están.