El honor del ciudadano Juan Carlos

¿Qué objetivo persigue la demanda del rey emérito contra Revilla? ¿Se trata de un intento de iniciar una campaña de limpieza de imagen pública de la figura del anterior jefe del Estado que propicie una nueva etapa en su vida y un hipotético regreso? ¿Persigue poner contra las cuerdas a la Casa Real actual?

La demanda civil interpuesta por la abogada del rey emérito contra el expresidente de Cantabria y examigo del exrey Miguel Ángel Revilla se convertirá en una excelente noticia si es finalmente admitida a trámite. Tal vez no lo sea tanto para el señor Revilla, claro está. Aunque, por las razones que expondré después, no creo que deba estar muy preocupado. Pero es una excelente noticia para el resto de españoles de a pie, es decir, para todos menos para la Casa Real. Lo es porque nos brinda, al Juzgado de Primera Instancia número 13 de Santander y en paralelo a la opinión pública española, la ocasión de dilucidar algunas cosas importantes sobre el honor del ciudadano Juan Carlos. 

Antes de explicar por qué, permítanme un breve excurso metaliterario. Esta historia tiene todos los elementos para que alguien escriba una gran obra de ficción-no ficción. Un rey amado por su pueblo que pasa a ser vilipendiado cuando se descubre su perversidad, hasta el punto de verse obligado al exilio de su propio país, por haber cometido supuestamente diversos delitos contra el bien público de ese país y contra algunas personas –para los que la mejor prueba la constituye la confesión implícita que supone dicho autoexilio–. Un honorable caballero de altas dignidades que durante años se presta a auxiliar al rey y proteger su honor en diversos lances y que deviene su amigo, pero que después dice haber comprendido el engaño fenomenal al que el rey exiliado nos ha sometido a todos y sentir también una profunda decepción personal, de saberse usado y manipulado por el rey villano. Un rey hijo que obliga a su rey padre al exilio en aras de proteger la monarquía y su propia cabeza, que dice haber sido también usado por el villano de la historia, pues no otra cosa se deduce del hecho revelado de que su nombre figure como beneficiario de oscuras fundaciones radicadas en Suiza y Jersey de las que él supuestamente no tenía conocimiento. Una reina madre públicamente humillada por un marido que nunca la amó. Una historia trufada de espías, cortesanas, reyes extranjeros y golpistas. Lo dicho, están presentes todos los componentes para una gran ópera, obra de teatro, novela o película, que bien podría ser una tragedia mediterránea o también una buena comedia ibérica. 

Vamos a los detalles del caso. No se conocen los términos jurídicos concretos de la demanda civil presentada contra el expresidente cántabro, ni las declaraciones de este que se alegan específicamente como constitutivas de una intromisión ilegítima en el derecho al honor. Aunque en los últimos años el señor Revilla nos ha dejado una larga lista de calificaciones y lamentos sobre Juan Carlos en una pluralidad de medios de comunicación y es fácil adivinar contra cuáles se dirige la demanda. En todo caso, la presentación de esta demanda nos ha pillado a todos por sorpresa y genera varios interrogantes, de los que destacaré tres. 

En primer lugar, ¿por qué una demanda contra el señor Revilla y no contra cualquier otro periodista o analista político de los cientos que han hecho declaraciones parecidas? Es cierto que si uno quiere comenzar a defender su honor contra una horda de supuestos calumniadores, por alguno debe comenzar la lucha con el objetivo de sentar un precedente. Pero, ¿por qué elegir a Revilla, su locuaz y vociferante examigo, sabiendo que esta demanda no hará sino agregar gasolina a la hoguera mediática con el morbo adicional de las supuestas traiciones y contra-traiciones personales? Si no fuera porque Revilla lleva tantos años lamentando el comportamiento de Juan Carlos, uno pensaría que está todo concertado de antemano. 

En segundo lugar, ¿por qué interponer una demanda civil y no una querella penal contra Revilla? Cuando alguien siente que se ha lesionado su derecho al honor, dispone de dos caminos judiciales principales para defenderlo: la jurisdicción civil y la penal. Para entendernos, el defensor de su honor puede retar en duelo al agraviador usando el florete o la pistola. Si el ofendido se siente realmente dolido, es previsible que propondrá el uso de pistolas, que son las que pueden brindarle mayor protección. Lo esperable hubiera sido que Juan Carlos interpusiera una querella contra Revilla por supuestos delitos de calumnia (artículo 205 del Código Penal) o de injuria (artículo 208 del Código Penal). Es cierto que, para que esta imputación pueda prosperar, se requiere que las calumnias o injurias sean graves. Pero, de lo poco que ha trascendido de la demanda interpuesta, se sabe que Juan Carlos acusa a Revilla de haber cometido precisamente eso, “calumnias e injurias graves”.

Entonces, ¿por qué elegir el florete, la vía civil, y no ir directamente a la penal? Una razón podría ser que el nivel de exigencia probatorio e interpretativo siempre es superior en sede penal que en sede civil. Es decir, que es más fácil conseguir una condena civil por las declaraciones de Revilla que una condena penal. Aunque me parece dudoso. Si uno está plenamente convencido de tener razón en su sentimiento de ofensa, sigue eligiendo las pistolas para el duelo. Y, si no lo está, probablemente se abstendrá de retar al ofensor. 

Otra razón podría ser la de limitar el daño infligido al señor Revilla. Lo que se buscaría con el duelo sería herirle levemente con la espada para que lamente de por vida haber agraviado a su víctima, pero no matarle de una bala en la cabeza. No obstante, cuando se siente tan ofendido como para llegar a este punto, el objetivo de limitación del daño infligido no parece muy coherente, ni es habitual. Además, está por ver que haya daño alguno. Pero la razón bien podría ser, también, la de limitar el posible daño de rebote. En un juicio penal, en caso de prosperar, Juan Carlos estaría mucho más expuesto, pues, para empezar, podría ser llamado a declarar. ¿Se imaginan la de portadas de periódicos y largas tardes de programas de chismes que darían las imágenes del exmonarca español entrando a un juzgado penal a declarar en calidad de testigo? Si yo fuera abogado del señor Revilla, no duden que eso formaría parte de mi estrategia de defensa (por la razón que explicaré al final de este artículo). Así que la razón por la que la abogada de Juan Carlos ha optado por la vía civil, la del ejercicio de acción de protección del derecho fundamental al honor en virtud de la Ley Orgánica 1/1982, bien podría ser la mera gesticulación.  

Tercero y último, ¿por qué decide Juan Carlos dar ahora este paso? Recordemos que hablamos de un rey emérito que vive exiliado en el extranjero desde hace casi cinco años, un castigo impuesto por el actual monarca por su conducta precisamente deshonrosa en diversos frentes. Que Juan Carlos cometió diversos delitos parece estar fuera de toda duda. Que sus acciones, además, constituyeron un comportamiento políticamente irresponsable y reprochable, es más que evidente. ¿Qué objetivo persigue entonces esta demanda civil extemporánea y aparentemente arbitraria? ¿Se trata de un intento de iniciar una campaña de limpieza de imagen pública de la figura del rey emérito que propicie una nueva etapa en su vida y un hipotético regreso? ¿Persigue poner contra las cuerdas a la Casa Real actual? 

Es difícil tener certeza con respecto a ninguno de estos interrogantes. Lo que es seguro es que esta impredecible demanda nos brinda una nueva oportunidad a todos. Recordemos que la interpretación extensiva absolutista, a mi juicio inconstitucional, que se ha hecho en España del principio de inviolabilidad del rey, junto con una cierta pasividad de la Fiscalía, los tribunales, los partidos políticos, y diversos poderes fácticos, ha redundado en una falta total de responsabilidad jurídica de Juan Carlos en España por diversas acciones que podrían ser muy graves. Pero recordemos también que el exilio en Abu Dabi tenía por objeto poner distancia y un cortafuegos con la Casa Real que hiciera más difícil el otro juicio relevante de responsabilidad, el de responsabilidad política del que fuera durante casi 40 años Jefe del Estado español. A los ciudadanos españoles se nos arrebató el derecho a conocer todos los detalles de su reinado y poder juzgar públicamente su labor como mandatario de más alta dignidad del estado. 

Este y no otro debería ser nuestro principal interés en este momento, y por ello deberíamos aplaudir la interposición de esta demanda. Demandado a Revilla, Juan Carlos ha vuelto a poner sobre la mesa la cuestión de su honor. Sea por la jurisdicción penal o por la civil, cualquier intento de protección del derecho fundamental al honor debe partir de la demostración que la ofensa que supuestamente mancilló dicho honor se basaba en falsedades. No hay mejor defensa para el señor Revilla que la de demostrar lo contrario, que todo lo que se afirmó era cierto o cuanto menos que podía ser creído razonablemente con la información disponible. No he visto o leído ninguna declaración de Revilla que no pueda entenderse precisamente de este modo. Pero para estar seguros será necesario reabrir, por fin, las cuestiones de fondo: ¿qué cosas hizo realmente nuestro exrey durante su reinado?, ¿dijo algo Revilla que fuera falso?, ¿qué honor le queda al ciudadano exiliado Juan Carlos? No tengo muchas esperanzas de que el Juzgado de Santander responda a estas preguntas. Pero aprovechemos la oportunidad que nos brindará para ser nosotros los que volvamos a discutirlas públicamente.