Un juzgado avala las obras del piso que comparten Ayuso y su pareja y condena en costas al Ayuntamiento

La sentencia firme establece que la reforma integral se encontraba “amparada” por una licencia “debidamente presentada” y que el Consistorio ignoró “completamente” cuando le abrió un expediente de infracción urbanística

Los dos pisos donde viven Ayuso y su pareja costaron 1,8 millones de euros

El empresario y comisionista Alberto González Amador, pareja de Isabel Díaz Ayuso, ha ganado el litigio que mantenía abierto con el Ayuntamiento de Madrid por los permisos para hacer obras en el piso del centro de la capital en el que vive con la presidenta de la Comunidad de Madrid. El Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 14 de Madrid ha fallado que la reforma integral de la vivienda se encontraba “amparada” por una declaración responsable que fue “debidamente presentada” y que el Consistorio ignoró “completamente” cuando le abrió un expediente de restauración de legalidad urbanística, según figura en la documentación examinada por elDiario.es. La sentencia es firme y condena en costas al Ayuntamiento sin especificar la cantidad. 

La vivienda, a nombre de González Amador, fue adquirida por el empresario y comisionista por 850.000 euros en julio de 2022, después de su negocio millonario con las mascarillas, según reveló esta semana este periódico. Dio de entrada 350.000 euros, una cantidad casi idéntica a la que había defraudado a Hacienda por los dos ejercicios anteriores y que motiva su imputación por fraude fiscal en otro juzgado de la capital. Los 500.000 restantes responden a una hipoteca. 

Además, en fechas próximas a ocuparlo junto a Ayuso, un año después de la compra y tras la reforma integral, la sociedad Babia Capital SL compró el ático que está en la planta superior. Esta empresa, de la que es administrador el fiscalista e González Amador, Javier Gómez Fidalgo, pagó 950.000 euros por él. En su última comparecencia ante la jueza que lo investiga penalmente, González Amador declaró que Fidalgo se lo alquila por 5.000 euros al mes con derecho a compra. El fiscalista también está imputado en esa causa. 

Los hechos sentenciados se refieren a los trabajos de reforma del primero de esos inmuebles. El litigio se inició cuando González Amador presentó un recurso contencioso-administrativo contra una resolución del Ayuntamiento de Madrid, fechada el 27 de mayo de 2024, que le daba dos meses para solicitar una licencia que amparara la reforma integral de la vivienda. El Consistorio sostenía que las obras se habían efectuado sin el preceptivo título habilitante y que, en consecuencia, debían legalizarse en ese plazo. La realidad, dice el fallo, es que esas obras ya contaban con la preceptiva licencia. 

La pareja de Ayuso, a través de la empresa de interiorismo y reformas MadIn, pidió al Ayuntamiento de Madrid el primer permiso para hacer obras en agosto de 2022, un mes después de consumarse la compra de la vivienda. El día 4 de ese mes, González Amador presentó una declaración responsable relativa, principalmente, a los trabajos de demolición. 

Dos meses después, el 14 de octubre de 2022, amplió esa declaración con el detalle de la “totalidad” de las obras a realizar (instalaciones de saneamiento, fontanería, calefacción, electricidad, gas, aire acondicionado, nuevo mobiliario de cocina, nuevos falsos techos, nuevos sanitarios, solados, pintura, calentador de gas y sustitución de carpintería…). También aportó planos y el justificante de abono del Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras (ICIO) complementario, entre otra documentación. 

Una declaración ignorada “completamente”

Sin embargo, la sentencia explica que el Ayuntamiento ignoró “completamente” esa segunda declaración responsable cuando le abrió un expediente de restauración de legalidad urbanística. Así, el 13 de diciembre de 2022, los técnicos municipales expusieron que la primera de esas declaraciones responsables era ineficaz. Después, pasaron un año y tres meses para que esa actuación derivara en la apertura de un expediente. Eso ocurrió el 20 de marzo de 2024, cuando Más Madrid presentó una denuncia por “infracción urbanística” ante la Junta de Chamberí, distrito en el que está situado el inmueble, ante la sospecha de irregularidades. La formación quería comprobar si la reforma que necesitaba el piso se efectuó finalmente y si esta se ejecutó con la licencia pertinente. 

El 20 de mayo de 2024, dos meses después, la Junta de Chamberí envió una inspección al inmueble. Y, una semana más tarde, el 27 de mayo de 2024, se le notificó a través de un procedimiento de restauración de la legalidad urbanística que tenía dos meses para legalizar las obras. Pero la sentencia del juzgado de lo Contencioso dice que el Consistorio llevó a cabo esa reclamación obviando que González Amador había presentado una segunda declaración responsable que amparaba la totalidad de las obras. En consecuencia, acuerda estimar íntegramente el recurso presentado por el empresario y anular el acto administrativo impugnado por ser contrario a derecho. 

La sentencia subraya que el expediente administrativo constata que la instancia presentada por la pareja de Ayuso el 14 de octubre de 2022 —esto es, la segunda de ellas— englobaba la totalidad de las obras a realizar no había sido objeto de ninguna declaración de ineficacia. Y que, por lo tanto, al no haberse dictado una resolución expresa de ineficacia “no cabe dictar requerimiento de legalización”.