La alcaldesa de València reclama que se anule la resolución judicial, considera que la multa de mil euros es desproporcionada y justifica que los trabajos de los comisarios no formaban parte de la evaluación, por lo que no se ha torpedeado el procedimiento
La investigación de las oposiciones de Policía salpica a Catalá: la jueza multa a la alcaldesa de València por obstruir la causa
El Ayuntamiento de València recurre la sanción de mil euros impuesta por un juzgado a la alcaldesa y líder del PP, Maria José Catalá, por la obstrucción de la Administración a la investigación de los exámenes de la cúpula de la Policía Local. El consistorio pide que se anule la resolución judicial que el Contencioso número 5 de Valencia ha planteado para la alcaldesa –como responsable de la Corporación local– por el retraso en el envío de los expedientes completos de las evaluaciones de las pruebas para los comisarios principales celebradas en octubre de 2023, que llevan año y medio judicializadas.
El equipo de Catalá alega además que resulta improcedente sancionar a la alcaldesa por una acción de la Corporación, que tiene personalidad jurídica propia. Es decir, que, en todo caso, la multa debería asumirla el Ayuntamiento y no la dirigente a título personal. En el recurso, al que ha tenido acceso elDiario.es, los servicios jurídicos del consistorio consideran la sanción desproporcionada, defienden que se envió la documentación, y apuntan que no se ha dado el trámite de audiencia previa. “Resulta de todo punto improcedente derivar a la Alcaldesa de la ciudad una responsabilidad, la derivada del cumplimiento tardío de la obligación de remisión del expediente administrativo, que por mandato legal corresponde a la propia Corporación”, apunta el letrado municipal.
El Contencioso, que lleva meses reclamando la documentación completa sobre los exámenes y las valoraciones, acordó el pasado 16 de abril una sanción por vulnerar los derechos de los denunciantes y retrasar el procedimiento judicial. La jueza apuntó en un auto que han transcurrido meses “sin que se haya podido continuar el procedimiento por la falta de presentación del expediente administrativo” por parte del consistorio y afea una “conducta especialmente reprochable” del Ayuntamiento, ya que, “con la misma, impiden la continuación del presente procedimiento, vulnerando el derecho a la tutela judicial efectiva” de los comisarios que denunciaron las pruebas y los actos administrativos parejos a ellas. La Jefatura de la Policía Local y el Ayuntamiento han venido dando largas al juzgado durante meses, remitiendo los expedientes incompletos, pese a los constantes requerimientos.
Este juzgado dirime la validez del acuerdo de la Junta de Gobierno Local que desestimó el recurso de alzada contra la orden del cuerpo policial con los resultados del proceso selectivo. Cuatro comisarios reclamaron una revisión del examen e impugnaron el procedimiento ante el Ayuntamiento al encontrar incongruencias en la evaluación, pero el consistorio lo rechazó. Las pruebas de mejora –que implican una bolsa temporal y un ascenso de categoría– fueron repetidas tras la impugnación de un comisario, ya jubilado, que llevó el caso al Tribunal Superior de Justicia. De esta investigación sobre el proceso administrativo de selección emanan dos querellas interpuestas por dos mandos suspendidos contra parte de la cúpula del cuerpo, los miembros del tribunal, por presuntamente amañar los resultados para beneficiar a comisarios afines y ascenderlos a comisarios principales. Se trata del máximo escalón de la Policía Local, media docena de plazas con salarios que rondan los 100.000 euros.
Tras varios apercibimientos al Ayuntamiento de València, el juzgado solicitó que se identificara al funcionario responsable de no remitir los expedientes completos, que incluyen los trabajos presentados y expuestos por los comisarios y el registro de correos electrónicos que acreditan su depósito. Los servicios jurídicos apuntaron a un agente de base, que después se desdijo en las alegaciones, y finalmente, en una pieza separada, incoó procedimiento sancionador contra la propia alcaldesa como responsable de la Administración local. No fue hasta la primera semana de abril, en vísperas de la jubilación del jefe de Policía, contra quien se dirigen las querellas y que presidió el tribunal de selección, cuando el consistorio remitió los correos electrónicos con los trabajos expuestos por los comisarios en el examen oral, después de que los mandos presentaran un escrito en el juzgado acusando al entonces jefe de Policía de un delito de obstrucción a la justicia.
El Ayuntamiento defiende que los trabajos no se evaluaron
En el escrito del recurso, el consistorio hace suya la defensa que ha venido realizando el ya exjefe de la Policía Local, José Vicente Herrera, apuntando que los trabajos expuestos por los comisarios no formaban parte del expediente, aunque en las actas entregadas sí figuran estas presentaciones. “El pronunciamiento de índole sancionadora que contiene carece de fundamento, toda vez que parte de una premisa ‒la remisión incompleta del expediente administrativo‒ que no resulta cierta”, dice el recurso, que afea a la jueza que en su auto aborda la cuestión “en términos excesivamente vagos”.
El consistorio insiste en que envió la documentación cuando se le requirió, que los trabajos no formaban parte del expediente y que no se ha retrasado la investigación, que lleva año y medio en marcha. El Ayuntamiento comenzó la remesa de la documentación sobre las pruebas el 29 de agosto de 2024, recibió un primer requerimiento de compleción del expediente se realiza el 13 de diciembre de 2024, reiterado los días 16 y 24 de enero de 2025, cuando dio orden de enviar más material, sin que fuera lo solicitado, según los autos.
Al respecto, defiende el letrado municipal “la documental cuya aportación a los autos demandaban los recurrentes no formaba parte del expediente administrativo”, porque las bases de la convocatoria versaban sobre una exposición oral. La defensa de la Corporación insiste en que “la posterior remisión a la Jefatura de la Policía Local de las mencionadas presentaciones por parte de los aspirantes, una vez concluso el procedimiento selectivo, mediante correo electrónico, no altera su naturaleza jurídica, toda vez que lo que había de valorar el órgano de selección era, como se vio, la intervención oral del participante y no la citada presentación”.
Asimismo, indican que “la aportación extemporánea de los ejercicios (léase presentaciones en power point) y los correos remitidos a la Jefatura de la Policía Local acreditativos de su entrega y fecha de remisión, en modo alguno impidió la prosecución del procedimiento”.
En las actas presentadas por Jefatura para defender las evaluaciones, también analizadas en el procedimiento, se apunta que los trabajos fueron depositados en el momento del examen. En la documentación remitida posteriormente se evidencia que el tribunal no los solicitó hasta varios días después de la prueba y que las notas se pusieron antes de tener todos los trabajos en mano. Además, se desprende un trato de favor al comisario que mejor puntuación obtuvo en la prueba, que deposita su trabajo presencialmente –sin aportar registros– y no a través del correo electrónico como los siete restantes.
Según la documentación a la que ha tenido acceso elDiario.es, Jefatura reclamó a los ocho aspirantes las presentaciones en las que apoyaron su exposición, la última fase de la prueba y en la que la mitad quedó suspendida, dos días después de realizar el examen. Las pruebas se efectuaron el 4 de octubre, los trabajos se solicitaron el día 6 y las notas se publicaron en una orden del 11 de octubre, fechada el día 10, sin opción a revisión. Todavía no se habían entregado todos los trabajos que apoyaban las presentaciones evaluadas, según consta en los correos, que acreditan que varios aspirantes no depositaron los trabajos hasta el día 13 y 18 de octubre.