La Audiencia de Madrid vuelve a prohibir a Peinado que investigue el rescate de Air Europa y anula la imputación del rector de la Complutense

El tribunal supervisor estima parcialmente los recursos de Begoña Gómez y otros investigados y corrige al juez levantando dos imputaciones y recordando que hace meses le instó a dejar de pedir pruebas sobre el rescate de la aerolínea

Begoña Gómez acusa a Peinado de “camuflar” su investigación sobre Air Europa para burlar los límites del caso

La Audiencia Provincial de Madrid ha vuelto a corregir al juez Juan Carlos Peinado por excederse en su investigación a Begoña Gómez. Los magistrados estiman en parte los recursos de la esposa del Presidente del Gobierno, la Fiscalía y otros investigados y levanta dos imputaciones: la del rector de la Universidad Complutense, Joaquín Goyache, y la del exconsejero madrileño Juan José Güemes. También le recuerda que no puede investigar, por falta de pruebas, si Gómez intervino de alguna manera en el rescate millonario a Air Europa.

El auto de la Audiencia Provincial evidencia, por ejemplo, que el magistrado se extralimitó al imputar a Juan José Güemes aludiendo a una supuesta contradicción entre testigos que nunca existió. Sonsoles Gil, del Instituto de Empresa, nunca dijo que Begoña Gómez “hubiera sido contratada por ser la esposa del Presidente del Gobierno”, lo mismo que dijo Güemes.

También carga contra su decisión de investigar si la Complutense y su rector otorgaron una cátedra extraordinaria a Gómez por ser la esposa del Presidente del Gobierno. Hablan los jueces de una “ausencia de datos objetivos incriminatorios” que permitan mantener imputado a Goyache por tráfico de influencias.

Los magistrados también confirman que la declaración como testigo de Pedro Sánchez, para la cual Peinado se trasladó personalmente a la Moncloa, era pertinente, pero estima una parte del recurso de la Fiscalía: entiende que Peinado no tendría que haber hecho llegar el vídeo a las partes. El Presidente del Gobierno se acogió a su derecho a no declarar contra un familiar y el tribunal razona que “la entrega y publicación de dicho acto, carecía de sentido, debiendo permitirse a las partes se instruyeran de la grabación sin necesidad de entregar copia”. La grabación, dice el tribunal, “carecía de interés, ya que sólo contenía determinados formalismos”.