Mazón deniega a un exalto cargo de Transparencia los datos de los votos del referéndum sobre la lengua en los colegios

La Conselleria de Educación, que solo ofrece el resultado de la consulta en porcentajes, alega que la petición del exdiputado Ignacio Blanco «comporta un riesgo alto de posible identificación» de los participantes

Nuevo revés para Mazón: el valenciano supera al castellano en la consulta lingüística que ha fracturado las escuelas

El exportavoz de Esquerra Unida en les Corts Valencianes, Ignacio Blanco, conoce al dedillo los mecanismos de transparencia de la Administración. Sin ir más lejos, fue secretario autonómico de Transparencia con el anterior Gobierno del Pacte del Botànic. Blanco también es padre de un alumno de infantil de la educación pública y votó en el referéndum organizado por el Gobierno de Carlos Mazón sobre la lengua base (castellano o valenciano) en la enseñanza, de cuyo resultado el departamento que dirige el conseller José Antonio Rovira solo informó en porcentajes. Pocos días después de que se conociera el resultado de la polémica consulta, el exdiputado autonómico solicitó, mediante una petición de transparencia, los “datos exactos” del número de votos de cada una de las dos opciones, desagregados por nivel territorial y por etapa educativa y diferenciados según el tipo de centros (público, privado o concertado). Sin embargo, el peticionario se ha topado con una negativa rotunda por parte del director general de Ordenación Educativa y Política Lingüística, Ignacio Martínez Arrúe. Tras haber pedido una prórroga, el alto cargo del Ejecutivo autonómico de Mazón desestimó la solicitud en una resolución del pasado 24 de abril que considera que los datos por los que se interesa Ignacio Blanco son de “categoría especial” y de los que “podrían extraerse connotaciones de tipo ideológico que deben ostentar especial protección para evitar situaciones discriminatorias que pudieran afectar a los derechos fundamentales de las personas participantes (alumnos, familias y/o representantes legales) en la consulta”.

Por otro lado, el director general también afirma que la información solicitada, “por su alto nivel de desagregación por curso, etapa educativa y centro educativo, comporta un riesgo alto de posible identificación de las personas participantes, especialmente sensibles en contextos con baja participación”.

La resolución se escuda en el “manifiesto riesgo de identificación”, que podría suponer la “generación de situaciones que vulneran el ordenamiento jurídico”, en referencia a la Ley Orgánica de Protección Jurídica del Menor.

Ignacio Martínez Arrúe sostiene que la conselleria “ha ajustado este procedimiento [el referéndum] al régimen jurídico europeo y estatal en materia de protección de datos de carácter personal adoptando todas las medidas de índole técnica y organizativa para asegurar la confidencialidad, seguridad e integridad y minimización de la exposición pública de los datos recabados en la consulta respecto de la elección que cada interesado ha realizado sobre la lengua base, sin que en ningún caso se haya producido una publicación indiscriminada de datos, listados y actos administrativos”.

Así, el departamento autonómico de Educación “pondera como prioridad” la “mayor garantía de los derechos de los afectados en caso de que los datos demandados puedan afectar a la intimidad y seguridad de los participantes, y más refiriéndose a menores de edad”.

La resolución remite a los datos porcentuales publicados por la Conselleria de Educación tras el referéndum de la lengua base, que “permiten conocer en profundidad los resultados del procedimiento, pero siempre respetando los principios de confidencialidad y minimización expuestos anteriormente”, apostilla.

Argumentos sin “demasiado sentido”, según Blanco

Tras la negativa, Ignacio Blanco reclamó ante el Consell de Transparència de la Generalitat, alegando que su solicitud no incurre en “ninguna” de las limitaciones establecidas por la normativa. “Las referencias (en una especie de ‘totum revolutum’) a las connotaciones de tipo ideológico, el interés superior del menor [o] la intimidad o seguridad de los participantes (…) no tienen demasiado sentido en este caso concreto, en el que no se pretende de ninguna manera el acceso a datos personales”, según afirma Blanco en su reclamación del pasado 6 de mayo.

El exdiputado autonómico argumenta que la Generalitat hizo públicos los porcentajes de voto con un mayor nivel de desagregación del que él solicita. Aunque los datos que proporcionó el Ejecutivo de Mazón, lamenta Ignacio Blanco, no incluyen el número de votos ni los porcentajes de participación, “lo cual impide hacer un análisis comparativo de los resultados” por tipo de centro.


Ignacio Blanco, durante una rueda de prensa en las Corts Valencianes, en una imagen de archivo.

“Aducir el riesgo de identificación de los participantes en contextos de baja participación tampoco tiene sentido porque yo no he pedido los datos por centros concretos, sino por tipo de centros”, agrega la reclamación.

Por otro lado, Blanco también alude al incumplimiento por parte de la Administración autonómica de su petición de que la comunicación se hiciera en valenciano (la resolución del director general de Política Lingüística está escrita en castellano).

La petición incurre en un “límite de acceso”, según Educación

La Conselleria de Educación ha confirmado a este diario que ha recibido recientemente la solicitud de alegaciones, que “están en plazo y se contestarán dentro del mismo”. Fuentes del departamento que dirige José Antonio Rovira se reafirman en que la información solicitada “vulnera la protección de datos personales, lo que supone un límite de acceso” que marca la Ley de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno.

Además, añaden las mismas fuentes, el solicitante “también pide un desglose de información por centros (públicos, privados y concertados) que implica una reelaboración de información prevista como causa de inadmisión” en la misma ley.