La magistrada ya tiene en sus manos el informe que encargó a la Guardia Civil sobre la cronología de la catástrofe del pasado 29 de octubre
El aval unánime de la Audiencia de Valencia a la jueza de la DANA ratifica que la Generalitat ejercía el mando único
La jueza de la DANA ha rechazado imputar en la causa, tal como solicitaba la defensa del exsecretario autonómico de Emergencias, al presidente de la Confederación Hidrográfica del Júcar (CHJ), Miguel Polo; al exjefe del Consorcio Provincial de Bomberos, José Miguel Basset; a la jefa de servicio de coordinación de Emergencias, Inmaculada Piles, y a la técnico de comunicación del mismo departamento autonómico, Aurora Roca. Polo, citado como testigo, ha sido la diana preferida y uno de los objetivos prioritarios del argumentario del PP de Carlos Mazón sobre la gestión de la DANA.
Emilio Argüeso, al figurar como imputado en el procedimiento, “no ostenta legitimación al objeto de interesar la declaración como investigado de otra persona, máxime si atendemos al hecho de que el Ministerio Fiscal solicita la desestimación del recurso”, afirma la magistrada en un auto dictado este viernes. “Lo anterior es más que suficiente para la desestimación de la pretensión que introduce dicho investigado”, apostilla la jueza, que cita la “reiterada” jurisprudencia del Tribunal Supremo.
La titular del Juzgado de Instrucción número 3 de Catarroja también apunta a otras cuestiones “de orden jurídico”. “Las conductas que se atribuyen a quienes se pretende por la parte recurrente que sean citados como investigados, como fundamento de una investigación contra los mismos, por quien, como se ha expresado, no ostenta legitimación, no poseen encaje en la posición de garante respecto de los homicidios y lesiones imprudentes, en el sentido desarrollado por auto de la Audiencia Provincial de Valencia de 19 de mayo de 2025, debiéndose reiterar lo expuesto en resoluciones precedentes”, explica la resolución.
La magistrada se escuda así en la resolución de la sección segunda de la Audiencia Provincial de Valencia que excluyó que la delegada del Gobierno, Pilar Bernabé, mantuviera una posición de garante el pasado 29 de octubre, día de la DANA que ha dejado 228 fallecidos.
Una cuestión de “simple orden lógico
Por otro lado, la instructora plantea una cuestión de “simple orden lógico y coherencia interna argumentativa”. Y es que, explica, “si se defiende” por la representación jurídica de Emilio Argüeso que no hay delito alguno, “carece de lógica citar como investigado a nadie”. “La argumentación de que no hay delito es incompatible con la pretensión final: debe haber otros investigados”, agrega.
Si bien la defensa de Argüeso, que ejerce el letrado José María Bueno Manzanares, pretende el sobreseimiento de la causa, “los argumentos de quien pretende su exoneración no poseen por sí mismos carácter incriminatorio respecto de otras personas”, concluye el auto.
Informe de la Guardia Civil
La magistrada ya tiene en sus manos el informe que encargó el pasado 27 de febrero a la Unidad Orgánica de Policía Judicial de la Guardia Civil sobre la cronología “detallada” de la catástrofe el día de la DANA. Tal como anuncia en una providencia, ya constan en el procedimiento el informe y sus anexos, encargado para analizar el desbordamiento de los ríos, barrancos y embalses en relación con los fallecimientos y los lesionados.
La resolución también a las acusaciones personadas, tanto particulares como populares, además de al Ministerio Fiscal, que se pronuncien sobre la petición de las defensas de la exconsellera Salomé Pradas y de Emilio Argüeso de que se unifiquen bajo un mismo paragüas, al considerar que les provoca indefensión.
Por otro lado, la providencia también acepta la inhibición del Juzgado de Instrucción número 8 de Llíria de unas diligencias abiertas relativas a la DANA. Además, la instructora pìde al Instituto de Medicina Legal de València nuevos informes forenses sobre daños morales y secuelas psíquicas de familiares de víctimas mortales de la barrancada.