El Constitucional tumba parte de la ley valenciana de Concordia aprobada por el PP y Vox que equipara el franquismo con la democracia

En su recurso, el Presidente del Gobierno alega que los artículos impugnados podrían ser contrarios a los artículos 10 y 15 de la Constitución, por el menoscabo a los derechos de las víctimas, y también plantea vulneraciones de competencias estatales, así como del deber de colaboración

El Gobierno recurre al Constitucional la reforma de Mazón y Vox que derogó la ley valenciana de memòria democràtica

Varapalo judicial para el Gobierno valenciano que preside Carlos Mazón y para Vox a cuenta la llamada Ley de Concordia aprobada para sustituir a la de la de Memoria Democrática. El Tribunal Constitucional ha suspendido la vigencia de varios artículos que fueron recurridos en su día por el Gobierno central principalmente por conllevar la restricción de los derechos de las víctimas y las actuaciones dirigidas a su protección, reparación y garantías de no repetición.

En concreto, según la resolución a la que ha tenido acceso elDiario.es, el Pleno del Tribunal Constitucional ha admitido a trámite el recurso de inconstitucionalidad interpuesto por el Presidente del Gobierno en relación con los artículos 1, 2 y diversos apartados y disposiciones del 3, de la Ley de Concordia de la Comunitat Valenciana.

Según el documento, “el Tribunal, tras haber invocado el Gobierno el artículo 161.2 de la Constitución, ha suspendido la vigencia y aplicación de dichos preceptos desde la fecha de interposición del recurso (29 de abril) para las partes del proceso y desde el día en que aparezca publicada la suspensión en el Boletín Oficial del Estado para los terceros”.

En su recurso, “el Presidente del Gobierno alega que los artículos impugnados podrían ser contrarios a los artículos 10 y 15 de la Constitución, por el menoscabo a los derechos de las víctimas”. Asimismo, “también plantea vulneraciones de competencias estatales establecidas en los artículos 149.1.1, 149.1.6 y 149.1.30 de la Constitución, así como del deber de colaboración”.

El Consejo de Ministros aprobó el pasado 29 de abril la presentación del recurso, actuando así contra una ley que equipara el franquismo con el periodo democrático de la Segunda República Española. Bajo la premisa de que “todas las víctimas son iguales”, la ley fulmina la memoria democrática y sustituye sus conceptos, en contra de la historiografía, y estirando el periodo analizado desde 1931 hasta la actualidad, como exigía Vox.

El ejecutivo de Pedro Sánchez ya anunció recursos similares en todas aquellas autonómicas gobernadas por el PP y Vox que impulsaran leyes en la misma línea. Pese al anuncio los dos socios valencianos lo obviaron y prosiguieron el recorrido legal para su tramitación en las Corts Valencianes.

Argumentos del recurso

En su argumentación el Gobierno explica que la llamada ‘Ley de Concordia’ “conlleva la restricción de los derechos de las víctimas y las actuaciones dirigidas a su protección, reparación y garantías de no repetición, establecidas en la legislación autonómica derogada”. Además señalan que incurre en una vulneración del artículo 149.1.6ª de la Constitución , que atribuye al Estado la competencia exclusiva en las materias de legislación procesal y penal, así como la afectación a la derogación de las previsiones de la Ley de memoria valenciana en relación con los currículos educativos.

Señala el ejecutivo central que la ley impugnada “limita el deber de memoria para las administraciones públicas valencianas excluyendo del mismo la reparación pública, con las consecuentes excusas y restitución del honor, y las garantías de no repetición, lo que imposibilita y menoscaba el cumplimiento de los deberes de colaboración y aplicación de las previsiones de la Ley de Memoria Democrática, y determina la vulneración de los mandatos de la Ley incumpliendo sus exigencias en cuanto a las actuaciones de competencia de las administraciones públicas valencianas de acuerdo con el principio de subsidiariedad establecido en el artículo 14 de la Ley”.

Paralelamente, advierte que “sustituye el régimen jurídico de la memoria democrática que deroga por otro de ‘concordia’, en que se pretenden limitar y restringir los derechos de las víctimas respecto a los establecidos en los instrumentos de Derecho Internacional y en la Ley de Memoria Democrática estatal”.