La asociación ultraconservadora, tras la inadmisión de sus querellas contra la delegada del Gobierno y la CHJ, asegura ahora: «Sí que ejercitamos la acción [penal]» contra Salomé Pradas y Emilio Argüeso
Hemeroteca – La extrema derecha arremete contra la jueza de la DANA y asume las tesis de Mazón desacreditadas en sus autos
HazteOir ha recurrido el auto de la jueza de la DANA del pasado 22 de mayo que acordó su expulsión de la causa al no ser perjudicado ni representar a víctimas ni hacer “mención alguna” en sus dos querellas a los dos únicos investigados en la causa: la exconsellera Salomé Pradas y el exsecretario autonómico de Emergencias, Emilio Argüeso. A pesar de haberse querellado inicialmente contra la delegada del Gobierno, Pilar Bernabé, y el presidente de la Confederación Hidrográfica del Júcar (CHJ), Miguel Polo, descartando ir a por los excargos del Consell imputados y abanderando de paso las tesis del Gobierno de Carlos Mazón y del PP sobre la DANA del 29 de octubre, en su recurso, al que ha tenido acceso este diario, la asociación ultraconservadora indica: “Sí que ejercitamos la acción [penal] contra los dos investigados”.
El escrito del letrado Javier María Pérez-Roldán y Suanzes-Carpegna, representante jurídico de HazteOir, asegura que la asociación ultraconservadora “entendía” que Bernabé y Polo, ambos cargos socialistas eran “corresponsables” y que, “si no se presentó querella contra los dos investigados actuales, o contra otros eventuales investigados, es por la razón de que ya otras acusaciones lo habían hecho”.
“Naturalmente”, agrega el recurso, “todas las querellas y denuncias acabarían acumuladas en el mismo procedimiento”, por lo que HazteOir consideraba “inutil [sic]” reiterar hechos y solicitudes de imputaciones “que ya habían realizado otros”.
La asociación ultraconservadora, muy crítica con la decisión de la jueza de la DANA (tildada en un recurso anterior de “ilógica e irrazonable”), reivindica su interés legítimo “claro y evidente” para ejercer acusación popular, “como hace patente el hecho, público y notorio” de haber admitido la instructora la personación de “numerosas entidades, asociaciones y partidos políticos que ni son perjudicados directos, ni víctimas, ni representan a víctimas”.
El recurso alude a la “doctrina unánime” del Tribunal Supremo y del Constitucional, que establece que “cuando la personación lo es en unas actuaciones ya abiertas no hace falta escrito de querella”.
La expulsión de la causa de Manos Limpias
En la causa figuran, en condición de acusaciones populares, partidos tan variados como el PSPV-PSOE, Compromís, Podemos, Vox o Ciudadanos, sindicatos como la CGT o asociaciones de la sociedad civil como Acció Cultural del País Valencià o Mai Més.
En el flanco derecho de las acusaciones populares, Manos Limpias fue expulsado “de manera definitva” por la jueza el pasado 26 de mayo por la incompatibilidad de su personación con el ejercicio de la defensa del investigado Emilio Argüeso por parte del letrado José María Bueno Manzanares con el pseudosindicato, del que dijo en una reciente entrevista que era su “abogado de referencia” e incluso “su jefe de servicios jurídicos”.