El Tribunal Constitucional resolverá el recurso del PP contra la norma a finales de junio, pero no despejerá por completo el camino para el regreso de Puigdemont
El Supremo cree que no contestar a Vox en el juicio del procés no tiene que ver con el procés y rechaza amnistiar a Reguant
La ley de amnistía, que tenía como objetivo meter dentro del cajón del olvido todas las causas del procés, cumple un año con muchos de los afectos fuera de la misma sin haber despejado su futuro. Más allá del nombre más evidente, el del expresident de la Generalitat Carles Puigdemont, los datos un año después confirman una aplicación desigual de la norma con tendencia a disminuir en su aplicación a medida que se sube de tribunal.
Según ha denunciado Òmnium Cultural, la entidad más representativa del soberanismo, se ha producido un “boicot judicial” a la norma. Así lo demuestran, ha explicado el presidente de Òmnium, Xavier Antich, las resoluciones del Supremo que se niegan a amnistiar a Puigdemont y a los exconsellers con “excusas y argucias”.
Los datos que maneja Òmnium indican que, un año después, se han amnistiado un 60% de los casos susceptibles de incluirse en la norma. El porcentaje es “claramente insuficiente”, ha criticado Antich. El otro 40% o bien los jueces no han amnistiado a los represaliados o bien las causas se encuentran perdidas en laberintos procesales que postergan la aplicación de la norma.
Los datos sobre la amnistía los ha proporcionado Òmnium y se sitúan en la línea de los difundidos por la organización antirrepresiva Alerta Solidària, que cuantificó en 173 los manifestantes independentistas amnistiados, frente a 129 policías y 29 políticos y cargos del Govern. Ni el Poder Judicial ni la Fiscalía han dado sus datos sobre cuántos amnistiados hay un año después.
La mayor parte de jueces de instrucción y tribunales penales o de Audiencia de Catalunya han aplicado sin más la amnistía. El Tribunal Superior de Justicia de Catalunya (TSJC) se ha dividido: su sección de apelaciones fue el primer tribunal de España en amnistiar a encausados el 25 de junio de 2024, pero su expresidente promovió sendas cuestiones de inconstitucionalidad y ante la Justicia europea para no aplicar la norma. El Supremo, directamnte, se ha negado a amnistiar a Puigdemont y los exconsellers.
El año de la aprobación de la norma se produce cuando todas las miradas están puestas en el Tribunal Constitucional, que a finales de junio resolverá el recurso del PP y marcará la línea a seguir al resto de los treinta que se están tramitando, entre ellos, 16 provenientes de ejecutivos autonómicos, 6 cuestiones de inconstitucionalidad de tribunales y 9 amparos de soberanistas no amnistiados.
Por el camino el tribunal deberá remover los últimos obstáculos antes de llegar al pleno del día 24: el PP y el Senado han pedido la suspensión de la tramitación del recurso de inconstitucionalidad hasta que el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) se pronuncie sobre las cuestiones prejudiciales presentadas por otros tribunales.
Que el Constitucional resuelva el recurso del PP no hará volver inmediatamente a Carles Puigdemont, ya que el expresident tendrá que esperar a que el Constitucional analice su concreta impugnación contra la negativa del Supremo a amnistiarle, algo para lo que todavía faltan meses.
A finales de junio el Constitucional resolverá únicamente si la norma es o no constitucional pero no entrará en el ámbito de su aplicación, es decir, no abordará los casos concretos de Puigdemont, Junqueras y el resto de líderes independentistas a quienes no se les ha aplicado la amnistía por el delito de malversación.
De hecho, ni siquiera el caso de Puigdemont ha llegado al Constitucional, ya que tiene pendiente de resolver un incidente de nulidad en el Supremo, que será rechazado, para poder ya sí acudir a la corte de garantías de inmediato.
Además, aunque el TC decida que el delito de malversación es amnistiable, el Supremo podría plantear una cuestión prejudicial sobre la ley a la justicia europea, que suele tardar una media de año y medio en resolver.