La Audiencia Nacional investiga a un comisario de la Policía por acosar a una subordinada en la Embajada en India

El juez Francisco de Jorge ha impuesto al mando policial la prohibición de comunicarse con la agente después de que Interior le suspendiera del cargo provisionalmente y él se haya acogido hoy a su derecho a no declarar

El juez de la Audiencia Nacional Francisco de Jorge ha impuesto al hasta ahora jefe de la Consejería de Interior de la Embajada de España en La India la prohibición de comunicarse por cualquier medio con la subinspectora que se ha querellado contra él por delitos de acoso, acoso laboral, lesiones, amenazas, agresión sexual, delitos contra la intimidad y acoso sexual. El comisario ha comparecido este jueves ante el magistrado pero se ha acogido a su derecho a no declarar, informa Europa Press.

En un auto, el magistrado explica que el posible riesgo en este caso se limita al agravamiento de los daños psíquicos de la subinspectora por los posibles intentos del investigado de que modifique o retire su querella para evitarle perjuicios, haciendo valer incluso un chantaje emocional apelando a una camaradería mal entendida entre miembros de la Policía.

Por el momento, advierte el juez, no se aprecia otro riesgo dado que el comisario ha sido suspendido de sus funciones. Tanto la querellante como la Fiscalía habían pedido, además de la prohibición de comunicación, la prohibición de aproximarse a menos de 500 metros, a sus lugares de residencia y trabajo, tanto en La India como en España.

El titular del Juzgado Central de Instrucción Uno analiza los hechos que figuran en la querella y concluye que son perseguibles tanto en la India como en España. En relación con un beso en los labios no consentido dado por el comisario a la subinspectora, el magistrado explica que el delito de agresión se habría cometido fuera de la embajada mientras que el resto de delitos se habrían cometido en el interior de la legación diplomática y aparecerían como íntimamente relacionados con el ejercicio de la Jefatura de la Consejería de Interior de la Embajada de España en la India, de la que el querellado era jefe y la querellante, personal directamente a sus órdenes.

Para el instructor el delito de agresión sexual en la modalidad menos grave del tipo básico del artículo 178 del Código Penal español también figuraría como delito en el Código Penal de La India de 2023. Por ello, el juez añade que se cumple, en este caso, el requisito de los indicios de delito y el de la tipicidad en ambos países.