Boluda inicia las obras de su edificio de oficinas de 13 alturas en el Puerto de Valencia sin la licencia municipal concedida

Según el expediente del Ayuntamiento, faltan hasta cuatro informes por elaborar y se han requerido informes adicionales tanto a Puertos del Estado como a Boluda Corporación Marítima, mientras las obras avanzan en fase de «trabajos previos y demoliciones»; tanto la compañía como el Consistorio han declinado dar explicaciones

El Tribunal de Cuentas no ve ilícito contable en la permuta de concesiones de Boluda pese a que el Puerto de Valencia las sobrevaloró

Un edificio de oficinas de 13 alturas en unos terrenos ubicados junto a la sede de Boluda Corporación Marítima, aledaños a la terminal de pasajeros, en el Paseo Caro, y un aparcamiento anexo de 100 plazas. La compañía del naviero y presidente de la Asociación Valenciana de Empresarios (AVE), Vicente Boluda, ha iniciado estas obras sobre unos terrenos que obtuvo por medio de una concesión de 35 años otorgada por la Autoridad Portuaria de Valencia (APV), organismo del que es consejero, tras una polémica permuta que estuvo investigada en los tribunales, cuya legalidad finalmente avalaron.

Sin embargo, a tenor de la documentación recabada por elDiario.es, los trabajos se iniciaron hace semanas sin contar aún con la licencia de obras y actividades solicitada al Ayuntamiento el pasado 28 de octubre. Según ha constatado in situ este diario en la zona de las obras, aunque en el acceso hay un cartel en el que se informa de que se trata de “trabajos previos y demoliciones”, había grúas y excavadoras de gran tamaño, así como maquinaria pesada de perforación trabajando. 

Con todo, del expediente municipal se desprende que quedan por elaborar un informe sobre gestión de residuos, otro sobre sanidad y consumo, uno más del servicio de territorio y un cuarto de la sección urbanística sobre la licencia de actividades. Además, el pasado 4 de abril el servicio de Licencias de Actividades del Ayuntamiento se dirigió a Puertos del Estado para solicitarle informes sobre “la viabilidad del proyecto presentado con el planeamiento vigente de aplicación al dominio público portuario, dado que el Plan General de Ordenación Urbana de València únicamente define este ámbito como sistema primario de infraestructuras portuarias (según normativa autonómica vigente)”.

Además, advierte de que “el Plan Especial del Puerto 2, al igual que el Plan Especial de Puerto 1 Nazaret-Este, promovidos ambos por la APV se redacta una vez aprobada la Delimitación de Espacios y Usos Portuarios del Puerto de Valencia (en adelante DEUP), mediante Orden FOM 1973/2014, de 28 de octubre, para dar cumplimiento a lo regulado en el artículo 56 de la Ley de Puertos del Estado y de la Marina Mercante (TRLPEMM)”. De acuerdo con las determinaciones del plan especial, el Ayuntamiento pide a Puertos del Estado que informe “sobre si el proyecto de edificio de oficinas resultaría autorizable conforme a las determinaciones del planeamiento previsto”. Hasta este martes 22 de abril no constaba en el expediente la respuesta a este requerimiento.


Una de las grúas que trabaja en las obras junto a la sede de Boluda Corporación Marítima.

También el pasado 8 de abril el Ayuntamiento remitió un escrito a Boluda Corporación Marítima por medio del que solicita en un plazo de 10 días “nuevos certificados ECUV (A1 y B1), en los que se acredite que el proyecto se ajusta al planeamiento urbanístico vigente”, puesto que “se ha detectado que los certificados aportados hacen referencia un instrumento de planeamiento que se halla en trámite, concretamente hacen referencia al Plan Especial Zona sur 2 del Puerto de Valencia, que no se halla aprobado”.

Al respecto, fuentes de la APV han informado a esta redacción de que con fecha 22 de octubre de 2024 aprobó el proyecto constructivo, tal y como le corresponde dentro de sus competencias y han recordado que es responsabilidad del concesionario, es decir, de Boluda Corporación Marítima, solicitar los permisos, autorizaciones y licencias que sean precisas, de acuerdo con la legislación vigente, ante los órganos administrativos estatales, autonómicos y/o locales que por razón de la materia corresponda, siendo por su cuenta y riesgo los gastos derivados de su obtención, así como los posibles perjuicios que pudiera suponerle una demora en la obtención de los mismos.

Sin embargo, a preguntas de elDiario.es, Boluda Corporación Marítima no ha dado explicaciones sobre el inicio de las obras sin la correspondiente licencia municipal concedida. Tampoco el Ayuntamiento ha aclarado si existe alguna vía o trámite para iniciar los trabajos sin el correspondiente permiso y si piensa realizar alguna inspección sobre el terreno o cualquier otra actuación para comprobar que no existe irregularidad alguna, habida cuenta de que en el expediente no consta ningún permiso provisional o declaración responsable.

La polémica permuta de concesiones que acabó en los juzgados

Una de las consecuencias del cambio de proyecto de la ampliación norte del Puerto de València fue el traslado de la terminal de cruceros, ubicada hasta hace unos meses en el dique norte, alejada, por tanto, del casco urbano, a los terrenos que ocupan los astilleros de Unión Naval, empresa propiedad de Boluda, mediante una concesión que caducaba en el año 2027.

Más allá de que el traslado de la terminal a una zona pegada a los Poblados Marítimos se aprobó sin ningún tipo de informe ambiental, para ubicarla en el nuevo emplazamiento había que dejar sin efecto la concesión que tenía vigente Boluda, por lo que la APV recurrió a un procedimiento de rescate de la concesión por el que, en lugar de pagarle una compensación económica al naviero, se le otorgó otra nueva de 35 años para la construcción del edificio de oficinas de 13 plantas.

La operación obtuvo contundentes informes contrarios de la Intervención General y de la Abogacía del Estado que concluyeron que la compensación a Boluda con una nueva concesión a cambio del rescate de la que ya poseía correspondiente a Unión Naval era lesiva para el interés público. Sin embargo, finalmente tanto el Tribunal Superior de Justicia primero como el Tribunal de Cuentas después avalaron la permuta como fórmula de pago, eso sí, modificando algunas de las valoraciones.