El abogado de la exconsellera imputada sostiene que su testimonio «no puede plasmarse en 10 folios, en los que se hace una especie de ‘resumen’ o ‘esbozo'»
Salomé Pradas declara ante la jueza de la DANA que ignoraba todo sobre Emergencias y culpa a los técnicos
La defensa de la que era consellera de Justicia e Interior el día de la dana, Salomé Pradas, ha pedido a la jueza que investiga la gestión de la catástrofe que deje sin efecto la transcripción de la declaración que hizo su cliente como investigada el pasado 11 de abril y reclama una “literal” ya que considera que el escrito trasladado a las partes hace una “especie de resumen o esbozo” de lo declarado que es “no solo incompleto sino incorrecto y no puede ser considerado verdaderamente una transcripción”. Además, lo califica de “parcial”.
Así consta en el escrito presentado en el Juzgado de Instrucción número tres de catarroja, consultado por europa Press, y donde el letrado defensor de Pradas sostiene que la consellera estuvo declarando durante casi tres horas, se le realizaron en torno a 140 preguntas sobre distintos ámbitos “que tuvieron una respuesta muy extensa y detallada” y “muy ilustradora para el desarrollo de la investigación”.
Una “extensión y exhaustividad” que “no fue caprichosa” sino que “responde al carácter del procedimiento, en el que se imputa a mi mandante nada menos que el homicidio por omisión de más de 200 personas”, expone la defensa en el escrito, en el que recalca que en esa comparecencia “se trataron temas tan esenciales para el devenir del procedimiento como la distribución de competencias en materia de emergencias, la cronología del día 29 de octubre, la información con la que contaba la señora Pradas aquel día y el funcionamiento del Cecopi, todo ello relativo a los hechos que se consideran constitutivos de delito y cometidos, por omisión, y una ‘patente pasividad’ por mi mandante”.
En esta línea, sostiene que esa declaración “no puede plasmarse en 10 folios, en los que se hace una especie de ‘resumen’ o ‘esbozo’ de lo allí declarado por mi representada en carácter de investigada, no solo incompleto sino incorrecto y no puede ser considerado verdaderamente una transcripción”.
Y añade que aunque conste la grabación de esa declaración, entiende que debe garantizarse que si se da trasladado por escrito a todas las partes “de la ‘supuesta’ transcripción de la misma, ésta debe reflejar la realidad, sin que puedan omitirse partes esenciales y matices importantes expresados por la declarante”.
En esta línea, recalca que la declaración del investigado es una garantía del derecho de defensa por lo que “no cabe otra manera legítima de plasmar y dar traslado a todas las partes de la transcripción de la declaración de la señora Pradas que no sea su transcripción literal”.