El Colegio de Abogados de Las Palmas permite ejercer al exjuez Alba mientras cumple condena por delitos graves

El exmagistrado, que está en régimen de tercer grado (semilibertad) en una cárcel de Gran Canaria, se publicita en un despacho de abogados y presume de haber sido formador de la Escuela Judicial, lo que no le consta al Consejo General del Poder Judicial

Opinión | Carlos Sosa – Dos tramposos muy tramposos

Dos años y medio después de ingresar en prisión para cumplir una pena de seis años y medio por los delitos de prevaricación judicial, cohecho y falsedad en documento público, el exmagistrado Salvador Alba, ahora en régimen de tercer grado (semilibertad), se publicita como abogado en el despacho Consortium Abogadis, que lidera Jorge Rodríguez, letrado del exjuez corrupto e histórico dirigente en Canarias del Partido Popular (PP), formación con la que ha sido concejal de Urbanismo de Las Palmas de Gran Canaria a finales de los noventa, durante la Alcaldía de José Manuel Soria, diputado regional y senador. 

Según la información publicada en el censo de letrados del Consejo General de la Abogacía Española, Alba fue dado de alta el 18 de marzo en el Colegio de Abogados de Las Palmas.

Para poder ejercer la abogacía es obligatorio estar colegiado. Los requisitos de colegiación están recogidos en el artículo 9 del Estatuto General de la Abogacía Española. Uno de ellos es “carecer de antecedentes penales por delitos que lleven aparejada la imposición de penas graves o la inhabilitación para el ejercicio de la Abogacía”. El estatuto en vigor se aprobó en 2021. El anterior databa de 2001 y sólo impedía la colegiación a personas que tuvieran antecedentes penales que inhabilitaran “para el ejercicio de la abogacía”. 

En su actual redacción, por tanto, el texto que regula la profesión de abogados exige que la persona que quiera ejercer no tenga antecedentes penales por delitos graves. 

En el Código Penal español, las penas de prisión y las inhabilitaciones especiales superiores a los cinco años se consideran graves (artículo 33). Alba fue condenado a seis años y medio de cárcel (tres por prevaricación en concurso medial con cohecho y tres y medio por falsedad en documento público) y a 18 de inhabilitación especial (quince por prevaricación/cohecho y tres por falsedad) para el cargo de juez o magistrado. 

El artículo 136 del mismo Código Penal fija que los condenados que hayan extinguido su responsabilidad penal (que hayan cumplido íntegramente su pena) tienen derecho a obtener del Ministerio de Justicia, de oficio o a instancia de parte, la cancelación de sus antecedentes penales cuando haya transcurrido sin haber vuelto a delinquir un plazo de diez años en el caso de las penas graves. 

Alba está en la actualidad en un régimen de semilibertad que le permite salir de prisión por la mañana y volver para pernoctar en el centro penitenciario de Salto del Negro, donde se encuentra desde su traslado de la madrileña cárcel de Estremera. El tercer grado se puede solicitar cuando se ha cumplido al menos un cuarto de la condena (desde junio de 2024, en el caso del exmagistrado) y lo concede la Junta de Tratamiento Penitenciario tras considerar factores como la conducta del recluso o su plan de reinserción social y laboral. 

Con todo, Salvador Alba tiene antecedentes penales que no podrá cancelar, al menos, hasta diez años después de cumplir su condena. Y sus delitos llevan aparejadas penas graves. A pesar de ello, su nombre figura dado de alta tanto en el censo de letrados del Consejo General de la Abogacía Española como en el Colegio de Abogados de Las Palmas, lo que le permite ejercer esta actividad antes de ir a dormir cada día a la cárcel. 

A las preguntas formuladas por este periódico sobre el alta del exjuez Alba, el Colegio de Abogados de Las Palmas (ICALPA) contestó, en primer lugar, que el caso se llevaría a la próxima Junta de Gobierno. Ante la insistencia de este medio, el órgano colegial respondió con un escueto comunicado en el que afirmaba que se había limitado “a dar cumplimiento de la regulación de la actividad colegial, en cumplimiento de la normativa que le es de aplicación y que la situación del citado profesional (Salvador Alba) es la que aparece en el censo del ICALPA y del Consejo General de la Abogacía”. Es decir, dado de alta como abogado ejerciente desde el 18 de marzo de este mismo año. El órgano colegial no ha dado más detalles sobre este asunto, pese a que la pregunta se refería al posible incumplimiento de los requisitos de colegiación por los antecedentes penales del exmagistrado. 

“El Colegio de Abogados de Las Palmas tramitó, estudió, aceptó y acordó la colegiación de D. Salvador Alba para el ejercicio de la Abogacía. No hay contravención alguna del Estatuto General de la Abogacía”, ha señalado a este periódico Rodríguez, el mismo abogado que pide 23 años de cárcel y 422.500 euros de indemnización para el periodista Carlos Sosa, director de Canarias Ahora, por informar sobre las maniobras delictivas del exmagistrado. 


Jorge Rodríguez.

Jorge Rodríguez fue también el abogado que representó al Partido Popular (PP) en el juicio por el denominado caso Faycán de corrupción en el municipio grancanario de Telde. El presidente del tribunal que juzgó esa trama a principios de 2018 fue el propio Salvador Alba, que ya en ese momento estaba siendo investigado por los hechos por los que finalmente fue condenado. De hecho, el exmagistrado dictó su propia sentencia, a modo de voto particular, después de haber sido suspendido de funciones por el Poder Judicial y estando de baja médica.

La única discrepancia que manifestó Alba en ese voto particular con respecto a sus compañeros de Sala (Carlos Vielba y Oscarina Naranjo) fue, precisamente, la responsabilidad civil del PP en los hechos. El exjuez pretendía exonerar a la formación que defendía su ahora compañero de despacho en contra de la posición de los otros dos magistrados. Finalmente, el PP fue condenado en una sentencia que ratificó el Supremo.

Posteriormente, en el año 2022, cuando ya había sido condenado en firme y trataba de dilatar su ingreso en prisión, Alba declaró ante un agente de la Policía Nacional que en ese momento estaba ejerciendo como abogado en Consortium Abogadis, el despacho de Jorge Rodríguez, tras haberse dado de alta como autónomo. Esas manifestaciones las hizo en el marco del expediente abierto por la petición de indulto que había presentado su esposa, Teresa Lorenzo Establier, letrada de la Administración de Justicia.

Antecedentes

Salvador Alba fue condenado en septiembre de 2019 por el Tribunal Superior de Justicia en una sentencia que fue ratificada en su integridad por el Supremo, y por tanto adquirió firmeza, en noviembre de 2021. Quedó probado que el exmagistrado aprovechó el periodo en que sustituyó a Victoria Rosell al frente del Juzgado de Instrucción 8 de Las Palmas de Gran Canaria (entre noviembre de 2015 y mayo de 2016) para orquestar una conspiración que tenía como objetivo acabar con la carrera política y profesional de la jueza, que había pedido la excedencia para concurrir a las elecciones generales en las listas de Podemos. 

El objetivo de esas maniobras era alimentar la querella (finalmente archivada) que José Manuel Soria (PP) había presentado contra Rosell, su rival política en aquellos comicios en la circunscripción de Las Palmas. Alba aspiraba a un ascenso en la carrera judicial que hasta entonces se le había negado (intentó, sin éxito, presidir el Tribunal Superior de Justicia de Canarias y ser nombrado vocal del Poder Judicial) y Soria podía influir en ello. 

El abogado de Soria en aquel procedimiento (el ex fiscal general del Estado Eligio Hernández) llegó a fusilar en la ampliación de su querella contra Victoria Rosell párrafos enteros de un informe reservado (con falsedades) que Alba había elevado al Supremo sobre la actuación judicial de la magistrada. 

Una conversación grabada por un empresario al que investigaba, Miguel Ángel Ramírez, permitió destapar el caso y las intenciones del juez, que no entró en la cárcel hasta octubre de 2022, casi un año después de la condena en firme, tras intentar dilatar el ingreso por diferentes vías. El Poder Judicial había suspendido de funciones a Alba en julio de 2018. 

El Poder Judicial niega los méritos de los que presume Alba

El exmagistrado delincuente pudo ingresar en prisión con una condecoración, la Cruz de la Orden del Mérito de la Guardia Civil con distintivo blanco, que reconoce a aquellas personas que hayan contribuido “al prestigio” del Instituto Armado o que hayan realizado “acciones de extraordinario valor” o servicios “que redunden en el interés de la patria”. Alba recibió esta distinción en 2014, como magistrado de la Sección Sexta de la Audiencia Provincial de Las Palmas, de manos del Gobierno que presidía Mariano Rajoy y del que Soria era ministro. 

A pesar de que la sentencia que lo condenó llevaba aparejada “la pérdida definitiva del cargo que ostenta y de los honores que le son anejos”, Alba ha mantenido esa medalla porque, a pesar del tiempo transcurrido (tres años y medio), el Ministerio del Interior, ahora liderado por el magistrado en excedencia Fernando Grande-Marlaska, no ha abierto un expediente para prohibir su uso, como sí ha hecho con personas que en la actualidad están siendo investigadas por corrupción, como Víctor de Aldama o Koldo García. 

De hecho, Salvador Alba luce esa Cruz de la Orden del Mérito en la solapa de su chaqueta en la foto publicada en el despacho en el que ahora oferta sus servicios como abogado y presume de ella en el currículo publicado en la web de esta empresa. 

El exjuez preso se publicita como “abogado, legal counsel/asesor legal y exmagistrado”, así como formador en la Escuela Judicial y miembro del grupo asesor en materia penitenciaria del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ). 

Según fuentes oficiales del Poder Judicial, la única relación del exmagistrado con la actividad formativa de la que hay constancia data “de hace 25 años, cuando fue tutor de un alumno de la promoción 51 durante la fase de prácticas tuteladas entre los meses de julio de 2000 y marzo de 2021, cuando era titular de un Juzgado de Primera Instancia e Instrucción del partido judicial de Posadas (Córdoba)”. “No consta que en ningún momento haya impartido clases en la Escuela Judicial”, como presume en su currículo, añaden las fuentes. 

Con respecto a su supuesta participación de Alba en un grupo asesor en materia penitenciaria del órgano de gobierno de los jueces, el CGPJ señala que en cada mandato “se constituyen decenas de grupos de trabajo en los que los miembros de la carrera judicial pueden tener participación puntual o permanente”. “Sin más precisión de fechas, no es posible determinar si el exmagistrado formó parte de alguno de ellos”, señala.