La Audiencia Nacional considera probado que el acusado atentó «contra la libertad sexual de tres mujeres» que participaron en distintos viajes promovidos por su agencia entre 2013 y 2017
Un detenido acusado de tocamientos a menores en la Alameda de Sevilla
La Audiencia Nacional ha condenado a nueve años de cárcel al guía turístico Manuel Blanco Vela por delitos de agresión sexual cometidos contra tres jóvenes estadounidenses durante distintos viajes realizados entre 2013 y 2017. Por aquel entonces, las víctimas estudiaban en universidades españolas y participaron en excursiones organizadas por la empresa Discover Excursions, con sede en Sevilla, de la que el acusado era responsable, como considera probado la sentencia a la que ha tenido acceso este periódico.
Los magistrados de la Sección Primera de la Sala Penal han impuesto a Blanco Vela una pena total de nueve años de prisión, como resultado de sumar los seis años derivados de un delito de agresión sexual perpetrado en Marruecos, y un año y medio de prisión por cada uno de los dos delitos de agresión sexual cometidos durante un viaje en Portugal. Además, la sentencia condena al acusado a indemnizar con 40.000 euros a la chica que sufrió la agresión sexual en Marruecos y con 1.500 euros a cada una de las otras dos víctimas, así como a sendas órdenes de alejamiento.
El primer caso ocurrió en noviembre de 2013, durante un viaje a Marruecos. Blanco Vela, según la sentencia, agredió a una de las estudiantes de 19 años en una habitación del hotel donde se alojaban. La víctima sospechaba que había sido “drogada y sodomizada”, a cuenta de los “fuertes dolores” que sentía en varias partes de su cuerpo a la mañana siguiente, pero no relató los hechos hasta cinco años después. Entonces, durante unas jornadas universitarias en Florida, lo comentó con otras estudiantes que dijeron haber sufrido una experiencia “de similar índole”.
A raíz de esa conversación, la joven se dirigió al cónsul general de España en Miami para denunciar los hechos. A su testimonio se sumó el de otras dos estudiantes americanas que también habían sido víctimas del acusado durante otro viaje realizado en el verano de 2017 con la misma agencia sevillana. Todos los relatos coinciden en que el agresor seguía un patrón “idéntico” con las víctimas: “Se acerca a las mujeres, todas ellas muy jóvenes, de forma amable, les propone tomar una copa y jugar a idéntico juego para, finalmente, atentar contra su libertad sexual”, concluye el fallo de la Audiencia Nacional, emitido el pasado lunes 10 de febrero.
Testimonio “veraz y creíble”
La Sala de la Audiencia Nacional considera “veraz y creíble” el testimonio de la primera chica que denunció la agresión al no apreciar “que la víctima con esta denuncia obtenga beneficio ni que lo preste movida por enemistad o resentimiento”, dado que “no tenía una relación previa con el acusado, al que solo conocía por ser el responsable de los guías de un viaje que hizo”.
El tribunal subraya también la situación de vulnerabilidad de la víctima, pues se trataba de una joven de 19 años, que se encontraba en un país “que le es ajeno”, realizando sus estudios, sin conocer “el idioma ni las costumbres” y sin saber “cómo funcionan las instituciones”, contando solo con el apoyo de “sus compañeros de estudios y los responsables”. Aunque no conocía a Blanco Vela, el acusado “se ganó su confianza al presentarse como una persona amable y educada, que parecía protegerla a ella y a sus compañeras al recomendarle por su propia seguridad que no salieran del hotel”.
En cuanto a la tardanza en formalizar la denuncia, que se produjo cinco años después de los hechos, la Audiencia Nacional entiende que “no resta credibilidad” a la víctima. El tribunal explica que no todas las mujeres reaccionan de la misma forma frente a un ataque a su libertad sexual. Y, en este caso, la víctima explicó con coherencia por qué no denunció antes: “Solo cuando es consciente de lo que le ha pasado y conoce a otras mujeres que han sido víctimas, a su juicio del mismo agresor, es cuando formula la denuncia”, según explicó una de las psicólogas durante la vista.
Condena impuesta
Por todo ello, el tribunal ha condenado al acusado a una pena total de nueve años de prisión como autor de un delito de agresión sexual del artículo 179 en relación con el 178 del Código Penal, y de otros dos delitos de agresión sexual por ese mismo artículo. La Audiencia Nacional resalta la gravedad de la posición de poder que Blanco Vela ostentaba al ser responsable de los viajes, mientras que las víctimas –todas jóvenes y estudiantes– fueron sometidas a una vulnerabilidad particular al ser extranjeras y estar en un entorno lejos de su hogar.
Además, le impone la prohibición de ejercer como guía turístico durante siete años y medio y le condena a indemnizar con 40.00 euros a la joven que sufrió la agresión sexual en Marruecos, y con 1.500 euros a cada las otras dos víctimas. Eso sí, reconoce que “no es posible traducir en dinero de forma automática un perjuicio moral y que lo único que podemos llevar a cabo es una valoración de la importancia del perjuicio en atención a las circunstancias de las víctimas y trata de convertir dicha estimación en una concreta suma monetaria”.
La condena se ajusta en líneas generales a lo solicitado por la Fiscalía, que había pedido para el acusado nueve años de prisión por un presunto delito de agresión sexual y violación, así como dos supuestos delitos de abusos sexuales, los cuales han sido finalmente considerados como tres delitos de agresión sexual con distinta tipificación.