Multan con 200.000 euros a Osasuna por utilizar un sistema de reconocimiento facial para acceder al estadio

La Agencia Española de Protección de datos señala que ese sistema genera «un alto riesgo para para los derechos y libertades» de los aficionados

La Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) ha sancionado con una multa que asciende a los 200.000 euros a Osasuna por utilizar en algunos de los accesos al estadio de El Sadar de Pamplona un sistema de reconocimiento facial. Según este organismo el sistema genera “un alto riesgo para los derechos y libertades” de los aficionados. El club navarro ya ha anunciado que recurrirá la sanción ante la Audiencia Nacional porque aseguran que es un sistema que únicamente utilizan los socios que así lo desean y que se mantienen el resto de medios de acceso.

Osasuna fue el primer en utilizar dispositivos de acceso biométrico con reconocimiento facial para acceder al estadio. Fue el 10 de abril del 2022 en el partido que enfrentó al club rojillo contra el Getafe. Pocos meses después, en noviembre, la AEPD denunció al club navarro por hacer uso de este sistema y dos años después, en diciembre de 2024 le ha condenado a una multa de 200.000 euros y la prohibición de seguir utilizándolo.

La AEPD señala que el reconocimiento facial supone “un alto riesgo para los derechos y libertades de un alto número de los afectados”, como son “la pérdida de control y disposición de sus datos personales o el uso de los datos personales que no resultan evidentemente necesarios para acceder al estadio”. Y añade: “Aunque se englobe a mayores de 14 años, que pueden consentir el tratamiento, no es probable que comprendan las implicaciones que conllevan el uso y los riesgos de uso de un sistema que utiliza el propio cuerpo como identificador. Junto a ello, había indicios y evidencias constatadas que recomendaron no continuar con el citado tratamiento que implica a categorías especiales de datos personales”.

Por ello, se añade que “se estima procedente elevar a definitiva aquella suspensión temporal que evite la continuación del tratamiento de los datos personales a través del sistema de reconocimiento facial para el acceso al estadio El Sadar, instando su prohibición”.

La Agencia Española de Protección de datos recuerda a Osasuna que deberá controlar la entrada al estadio “de forma correcta y legal” con los otros sistemas que está utilizando. “A los aficionados no les supondría la pérdida del servicio, ya que se puede seguir accediendo al estadio con normalidad, pues es un sistema complementario o alternativo”, finaliza.

Osasuna ya ha anunciado que rechaza la condena y que recurrirá la sentencia ante la Audiencia Nacional. “El sistema de reconocimiento facial se puso a disposición de aquellos socios que voluntariamente decidieron hacer uso del mismo, manteniendo la opción de acceder al estadio por otros medios. Por lo tanto, el club no comparte en absoluto los argumentos aportados por la AEPD, por lo que interpondrá un recurso contencioso-administrativo ante la Audiencia Nacional en defensa de sus derechos”.