El PSOE andaluz desvela dos normativas para probar el «control centralizado» de la contratación sanitaria en las provincias

La acusación incorpora al proceso unas instrucciones de los Servicios Centrales del SAS con las que intentar demostrar que los responsables provinciales no podían saltarse el «filtro necesario» para aprobar contratos de emergencia a dedo con clínicas privadas al necesitar su «autorización preceptiva»

El nuevo juez de los contratos sanitarios a dedo rechaza abrir una «causa general» al SAS en las ocho provincias andaluzas

La doble negativa del juzgado que investiga los contratos del Servicio Andaluz de Salud tramitados por procedimiento de emergencia a analizar las contrataciones en todas las provincias (esa “causa general” de la que hablan en idénticos términos el nuevo juez y el propio presidente Moreno) no ha hecho que la acusación arroje la toalla. Los parlamentarios andaluces del Grupo Socialista, que denunciaron el caso desvelado por elDiario.es Andalucía, quieren contraatacar y han rescatado dos instrucciones del propio SAS para tratar de hacer ver que la administración autonómica viene funcionando de una manera en la que las plataformas provinciales no pueden trabajar por sí solas y que esas contrataciones deben pasar por los servicios centrales sanitarios para su “preceptiva autorización”.

José Antonio Gómez Díez, magistrado del Juzgado de Instrucción 13 de Sevilla, ha confirmado recientemente lo que su antecesor había determinado: que no le compete conocer esas “posibles irregularidades provinciales”. Lo ha dicho en un contundente auto judicial, por la forma de dirigirse a los recurrentes, en el que la semana pasada desestimaba el recurso de reforma contra la desestimación de la ampliación de su querella que decidió el anterior juez, Javier Santamaría, quien a su vez rechazaba archivar el caso como habían pedido los tres gerentes del SAS imputados en la causa.

El PSOE, ahora, insiste en su argumentación con unas alegaciones, a las que ha tenido acceso este periódico, y que fueron presentadas en el juzgado el pasado lunes justo antes de conocer la decisión del nuevo juez de no querer abrir esa “causa general” por los contratos provinciales de emergencia, como pretendía la acusación socialista, que aspiraba a que todos los contratos detectados fueran unitariamente investigados en un solo procedimiento, el que ya está abierto en Sevilla.

El nuevo juez ha sido bastante duro contra la tesis planteada por los parlamentarios porque “ni siquiera” aportaron “documento alguno que permita afirmar mínimamente que han existido directrices o instrucciones de los servicios centrales”. Y abunda: “El recurrente [el PSOE] viene a reconocer que no dispone de indicio alguno que le permita conclusión contraria, esto es, que hayan existido directrices o instrucciones de los servicios centrales, pese a lo cual pretende que, por este tribunal se lleve a cabo una investigación prospectiva para investigar toda la contratación de los Servicios Centrales del SAS y la Consejería de Salud de la Junta de Andalucía, basándose simplemente en lo que llama,”por pura lógica“… ”muy plausible y probabilísima realidad“, sin ni siquiera exponer los argumentos por los que concluye semejante afirmación”.

Unas “evidencias normativas”

Ahora el PSOE quiere incorporar al proceso unas “evidencias normativas” que las actuaciones de responsables provinciales del SAS “presentan una justificación o abrazadera común en forma de órdenes o directrices provenientes de los Servicios Centrales del SAS”, y que “iguala en tal carácter de ilícitas las actuaciones emanadas de las unidades provinciales de contratación”, que ya trató de acreditar la acusación en la ampliación de querella con, por ejemplo, una resolución de la investigada Valle García, actual gerente del SAS, cuando dirigía el Hospital Reina Sofía de Córdoba en enero de 2022.

Esas instrucciones rescatadas por la acusación, dictadas en los años 2013 y 2022, “confirman de todo punto la existencia de un control centralizado, filtro necesario para la contratación -incluso por vía de previo informe preceptivo- a que, más allá de su formal atribución competencial, necesariamente han de someterse los órganos con competencias delegadas en materia de contratación; filtro y control que ha de llevarse a efecto por parte de determinados órganos de la estructura centralizada del SAS”, según las alegaciones de la acusación.

Responde el PSOE al juzgado que “la razón de esa ausencia de acreditación” que le ha echado en cara en los dos últimos autos es “tan sencilla como que las fuentes para su conocimiento, por razones ignotas, no son públicas si no permanecen ocultas y no están colgadas en el correspondiente buscador de normativa”. El nuevo escrito explica que, siguiendo la pista de su mención en algunos de los informes de la Intervención ya obrantes en las actuaciones, se ha dado con “dos relevantes elementos normativos” emanados de la Dirección General de Gestión Económica y Servicios del SAS: la Instrucción 0229/2013, de 3 de mayo, y la Instrucción 0046/2022, de 23 de junio, que deja sin efecto la primera.

En ambos documentos, que se adjuntan al escrito, se contienen “explícitas menciones” a que su dictado “en materia de contratación’” obedece a “la necesidad de establecer unas pautas o medidas de control, en su caso, con el objetivo de normalizar y ordenar las actuaciones de los órganos gestores del Servicio Andaluz de Salud”, con expresa alusión a la “visión provincial de la contratación dada la nueva configuración de los centros asistenciales del SAS mediante la agrupación provincial de todos los órganos en Plataformas Provinciales de Logística Integral’, como ya se contenía en una Instrucción anterior, de 2011.

“Autorización” de la Dirección General de Gestión Económica y Servicios

La Instrucción vigente, de 2022, alude a una “línea estratégica corporativa en materia de contratación” a través de su instrumentación en un “sistema de información corporativo” y donde es “preceptiva la autorización de la Dirección General de Gestión Económica y Servicios”, incluido en los casos de “autorización de expedientes de contratación de prestaciones mediante contratos de servicios de asistencia sanitaria complementaria” como los que se están investigando.

Ya en la de 2013 se decía que las contrataciones de nuevas prestaciones, mediante concierto, de gestión de servicios públicos, o que sean de nuevo establecimiento para el centro provincial, “la Subdirección de Compras, Logística y Servicios recabará informe de la Dirección General de Asistencia Sanitaria y Resultados en Salud, con carácter previo a la autorización de la Dirección General de Gestión Económica y Servicios”.

Y para ese procedimiento de contratación de prestaciones mediante contratos de servicios de asistencia sanitaria complementaria, de acuerdo a la vigente Instrucción del SAS de 2022, con un texto algo diferente, pero con el mismo sentido se dice que “en las contrataciones de prestaciones mediante contratos de servicios de asistencia sanitaria complementaria, la Subdirección de Compras y Logística recabará informe de la Dirección General de Asistencia Sanitaria y Resultados en Salud, con carácter previo a la autorización de la Dirección General de Gestión Económica y Servicios”.

Dicha Instrucción de 2022 añade: “Una vez emitidos los informes técnicos favorables por la Dirección General de Asistencia Sanitaria y Resultados en Salud, la Dirección General de Gestión Económica y Servicios emitirá la autorización previa preceptiva. En caso de autorización, se continuará la tramitación del expediente con el resto de órganos intervinientes (asesoría jurídica y/o intervención, si procediera)”.

Nueva documentación de la Cámara de Cuentas

Los socialistas habían llevado al juzgado los informes de los interventores provinciales del SAS cuestionando la legalidad de los contratos, basados todos en el mismo procedimiento, y aún les quedaría la bala de la Audiencia Provincial, al ser recurso subsidiario de apelación, y que podría tener que pronunciarse por primera vez respecto a la fórmula de contratos a dedo con clínicas privadas, sin publicidad ni concurrencia competitiva, amparándose en el marco legal habilitado en pandemia cuando ya estaba derogado.

El nuevo juez Gómez Díaz, en la misma fecha que ha cargado contra las intenciones socialistas, también ha emitido una providencia en la que acepta una petición de la Fiscalía Anticorrupción, consistente en librar un oficio a la Cámara de Cuentas para que remita “toda la documentación derivada del Manual de procedimiento de auditoria pública de fecha 15 de julio de 2024”.

El Ministerio Fiscal quiere tenerlo en cuenta “como complemento” a la documentación ya remitida por la Cámara de Cuentas en relación con el ‘Informe de Fiscalización de cumplimiento de los contratos tramitados por la administración de la Junta de Andalucía y sus entidades vinculadas para la gestión de la crisis sanitaria ocasionada por el Covid-19, ejercicio 2020’.

En particular se requiere las directrices técnicas de objetivos, medios y calendario; elaboración del borrador del informe; elaboración del anteproyecto del informe; elaboración del informe provisional; trámite de alegaciones; tratamiento de los distintos supuestos de falta de colaboración y de incumplimiento de normas del régimen presupuestario y de contabilidad.

El juez Santamaría reclamó al Gobierno andaluz el expediente aprobado por el Consejo de Gobierno del 6 de octubre de 2020, en el que se sustituyó la fiscalización previa de determinados gastos, órganos y servicios sanitarios -incluidos los polémicos contratos de emergencia- por el control financiero permanente, esto es, auditorías a posteriori. La Junta, como ha informado este medio, retiró el control previo a los contratos a dedo apelando a la “madurez” de los gestores de Salud hoy imputados. Recordemos que la causa judicial ahora en curso reproduce la investigación iniciada en la primavera de 2023 por elDiario.es Andalucía sobre los contratos a dedo de la Junta a clínicas privadas.