La Audiencia de Asturias archiva la causa contra cinco activistas climáticos que cortaron el tráfico a la entrada de Arcelor

Los magistrados enmarcan su protesta en una campaña de denuncia por el apoyo económico que se dispensa a multinacionales que utilizan en su actividad combustibles fósiles como carbón y petróleo

Activistas climáticos denunciados en Asturias: “Vivimos las consecuencias desde la certeza de luchar por algo justo”

La Audiencia Provincial de Asturias ha sobreseido la causa penal abierta contra cinco activistas climáticos del movimiento “Extinción o Rebelión” como presuntos autores de un delito de coacción por la protesta que realizaron, el 18 de mayo de 2024, en la vía de acceso a la planta de ArcelorMittal, en Veriña (Gijón) al encadenarse en plena carretera, impidiendo tanto la entrada como la salida de vehículos.

El tribunal de la Sección Octava ha dictado un auto, al que ha tenido acceso elDiario.es Asturias, donde argumenta que la acción de los activistas se enmarca en una campaña de denuncia por el apoyo económico que “los Estados dispensan a multinacionales que utilizan en su actividad combustibles fósiles como el carbón y el petróleo”.


Los activistas, encadenados, en los accesos a Arcelor, el 18 de mayo de 2024.

La Sala entiende que su protesta era “testimonial”, ya que alertaban sobre las consecuencias negativas que para el clima mundial representan el uso de aquellos combustibles –calentamiento global-, de forma que, a su juicio, “no concurriría el presupuesto integrante del delito investigado, ya que el principio de prohibición de acceso o de proporcionalidad implica que el hecho de recurrir a la pena criminal tiene que tener una justificación en la necesidad de tutela”.

Los magistrados Juan Laborda, Elena Fernández y Luis Ortiz han avalado la tesis de la defensa al desestimar el recurso de apelación que había interpuesto la Cooperativa Avilesina de Transportes S.C.L. contra el auto del Juzgado de Instrucción número 2 de Gijón que, el pasado 28 de octubre, decretó el sobreseimiento provisional de la causa y el archivo de las actuaciones.

La cooperativa mantenía que existían “elementos indiciarios evidenciadores de la existencia de un probable delito de coacciones que pudieran haber cometido los cinco investigados y solicitaba la reapertura de la causa.


Los accesos al interior de las instalaciones quedaron bloqueados durante la protesta.

Sin embargo, el tribunal ha acordado su desestimación al considerar que la actividad de investigación que se ha realizado ha sido “razonable y proporcional” y los resultados obtenidos no permiten apreciar la concurrencia de uno de los elementos o presupuestos configuradores del hecho punible objeto de comprobación, catalogado como posible delito de coacciones, “consistente en la ilicitud del acto, examinado desde la normativa de la concurrencia social y jurídica que preside o debe regular la actividad del agente”.

Es decir, que los cinco activistas se limitaron a llevar a cabo una protesta “testimonial” dentro de su campaña de denuncia social. A esta circunstancia se suma además que, a juicio del tribunal, la incidencia de la repercusión que tuvo en la actividad industrial de la empresa fue “mínima”.


Los agentes acabaron desalojando a los activistas climáticos.

Los magistrados aseguran en el auto que los investigados escenificaron “su descontento o desaprobación” a través del encadenamiento, si bien esta acción se llevó a cabo en un sábado, día en que “se reduce la actividad industrial de la empresa”.

A esta circunstancia se sumó el hecho de que el Servicio de Prevención, Extinción de Incendios y Salvamento del Ayuntamiento de Gijón actuó de forma inmediata, incluso antes de la llamada que realizó un camionero afectado por el incidente al Servicio de Emergencias del Principado.

Tampoco se pudo acreditar, según consta en el auto, que fueran “múltiples” los camioneros afectados por aquella protesta, ni las repercusiones económicas que esta situación representó para los mismos, ni las consecuencias en el proceso productivo de la empresa. 

La protesta fue ocasional y de carácter meramente testimonial y aunque provocó un bloqueo temporal de los accesos, al no haber transcurrido mucho tiempo desde que fueron desalojados su acción de protesta se ha limitado a un caso de ejercicio regular de un derecho fundamental –libertad de expresión y, por tanto, no cabe su reproche penal

Magistrados
Sección Octava de la Audiencia Provincial de Asturias

La Audiencia Provincial confirma el auto del juzgado de Gijón al entender que la protesta fue “ocasional y de carácter meramente testimonial”, que aunque provocó un bloqueo temporal de los accesos, al no haber transcurrido mucho tiempo desde que fueron desalojados su acción de protesta se ha limitado a “un caso de ejercicio regular de un derecho fundamental –libertad de expresión” y, por tanto, no cabe su reproche penal.

Los magistrados rechazan este extremo al constatar que su conducta, su contenido, la finalidad a la que se orientaba y los medios empleados “no desnaturaliza o desfigura el derecho y no se sitúa al margen de su contenido esencial”.


La protesta de los activistas climáticos se enmarca, según la Audiencia, en una campaña de denuncia social amparada por la libertad de expresión.

Los cinco activistas de “Rebelión o Extinción” afrontaban una petición individual de tres años de cárcel y el pago de una indemnización conjunta de 2.400 euros. Durante la protesta se identificaron como integrantes de este movimiento y exhibieron pancartas donde se podían leer los lemas: “Stop subsidios fósiles” y “Arcelor Mortal”.

Los investigados afrontaban una petición de pena individual de tres años de cárcel por un delito de coacciones al impedir a los transportistas el acceso a las instalaciones de Veriña el sábado 18 de mayo de 2024. Según el tribunal, la incidencia de su protesta fue mínima y se ignora tanto el número de camioneros afectados como la repercusión económica que les ha supuesto el tiempo que permanecieron bloqueados en la carretera

A lo largo de su “calvario judicial” obtuvieron el respaldo de numerosas personas y colectivos, entre otros de “Las seis de la Suiza”, “Los 6 de Zaragoza” o “Los 8 de Caixabank”.

Los cinco activistas ahora eximidos de responsabilidad penal en la causa han emitido un comunicado, donde agradecen el apoyo y las numerosas muestras de solidaridad recibidas durante la instrucción de este procedimiento y especialmente de estas otras compañersas “represaliadas bajo acusaciones similares, que viven bajo la amenaza de sufrir gravísimas penas por defender los derechos y libertades de todes. Volveremos a las calles a luchar por elles”, anuncian.

El sobreseimiento de la causa penal será uno de los principales motores que les va a motivar a seguir luchando “contra el imperio fósil capitalista” añade.

El procedimiento penal se ha archivado pero todavía siguen en marcha las denuncias por la vía administrativa, tanto a los cinco activistas que se encadenaron como a otras cinco compañeras que participaron en la acción

No obstante, han recordado que aunque se ha cerrado el procedimiento penal, todavía siguen en marcha las denuncias por la vía administrativa, tanto a los cinco activistas que se encadenaron como a otras cinco compañeras que participaron en la acción.

“Exactamente el mismo día que el tribunal establecía que los hechos fueron un acto de libertad de expresión y no deben tener reproche, la delegada del Gobierno en Asturias Adriana Lastra firmaba una resolución que confirma la sanción de 601 euros a cada participante en los hechos por vulneración grave de la conocida como Ley Mordaza”, explican en el escrito.

Denuncian otros casos similares de represión

Las activistas denuncian la arbitrariedad que se da en la aplicación de las normas legales y no entienden cómo se pueden dar interpretaciones diferentes a un mismo acto de protesta.

“A diferencia de otras acusadas como ”Las 6 de La Suiza“ o ”Los 6 de Zaragoza“, nosotras hemos tenido suerte, pero ¿es que hay que tener suerte para poder ejercer un derecho fundamental?”, inquieren.

“Esta represión no va a detenernos. La inacción climática que imponen los más ricos sigue agravando las sequías, el calor extremo, desastres climáticos como la DANA o los incendios. El año pasado superamos por primera vez el umbral de +1,5Cº respecto a la temperatura preindustrial y, pese a las cumbres y los acuerdos, las emisiones siguen en aumento. Nunca la humanidad se había jugado tanto como ahora”, denuncian.